Preguntas frecuentes

Si ha sufrido lesiones, permítanos ayudarle a luchar por su indemnización.

¿Qué es la incapacidad permanente parcial?

Si sufre una enfermedad o lesiones en el trabajo, puede tener derecho a una incapacidad parcial permanente. Su lesión o enfermedad debe haberle provocado una incapacidad parcial permanente. La base de las prestaciones sería una parte de las pérdidas específicas “programadas” o “no programadas”.

Una pérdida “programada” es aquella en la que las armas, manos, dedos u otras partes del cuerpo. Una baja “no programada” es aquella en la que está implicada cualquier zona del cuerpo no mencionada en el baremo. Si sus lesiones “programadas” son temporales, tiene derecho a prestaciones hasta que pueda reincorporarse al trabajo. Sin embargo, si sus lesiones son permanentes, el número de semanas que podría percibir se calcula en función de la gravedad de su lesión y del número de semanas asignadas a su baja “programada”. Para las pérdidas “no programadas”, el número de semanas de prestaciones se calcula multiplicando el porcentaje de incapacidad por 600 semanas.

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